A proteção do consumidor e o consumo sustentável: a dimensão global e regional do consumo sustentável e as iniciativas nacionais
Juan M. Velázquez Gardeta 84 rizado a probar e inspeccionar los bienes que ha comprado en la medida suficiente que le permita determinar la naturaleza, las características y el buen funcionamiento de los bienes. En definitiva, a partir de ahora solo podrán ser excluidos de de- volución los bienes que una vez desprecintados y probados por el con- sumidor no pueden ser vendidos de nuevo ya que eso atentaría a las garantías mínimas de salud e higiene. En todo caso, no hay que olvidar que el desistimiento tampoco queda excluido en los casos de depreciación del bien por un uso distinto al necesario para establecer la naturaleza, las características o el funcio- namiento del bien, pero el consumidor deberá, en este caso, compensar la depreciación del bien (art. 14.2 y Cdo 47). En este sentido la indem- nización debe darse cuando el consumidor haga uso de dicho bien de un modo incompatible con los principios de Derecho civil, como la buena fe o el enriquecimiento sin causa, siempre que no se menoscabe (…) la eficacia y la efectividad del derecho de rescisión, extremo que debe determinar el juez nacional 22 . Una consecuencia importante a tener en cuenta de esta decisión y la práctica que, en materia de devoluciones generará, tendría que ver sin duda con la protección del medio ambiente y la sostenibilidad de los recursos. Al menos así lo ha apreciado algún sector doctrinal que con- sidera que un derecho al desistimiento interpretado de manera abusiva derivará en un aumento del uso del transporte, de materiales de emba- laje, de productos de limpieza y de una posible destrucción de todos los bienes devueltos 23 . Paradoja interesante, pero de difícil solución ya que pone en la balanza a dos bienes jurídicos protegidos como la protección del medio ambiente y los derechos del consumidor. En definitiva, nos remite de nuevo a la necesidad de reducir el consumo a favor de la sos- tenibilidad, en detrimento del crecimiento del mercado interior y, por tanto, obliga a un replanteamiento de las políticas económicas y a una 22 Tal y como establece la sentencia de 3 de septiembre de 2009, asunto Messner, C-489/07 en su considerando 29. Curia: Disponible en: http://curia.europa.eu/juris/document/do cument.jsf?text=&docid=73082&pageIndex=0&doclang=es&mode=lst&dir=&occ=firs t&part=1& cid=5333854. Acceso en: 30 sept. 2020. 23 ANAÏS, Michel. Arrêt Slewo: Matelas et vêtements dans le même sac?. Droit de la consom- mation . v. 2020, p. 33-44. Disponible en: http://hdl.handle.net/2078.1/229074. Acceso en: 30 sept. 2020.
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