A proteção do consumidor e o consumo sustentável: a dimensão global e regional do consumo sustentável e as iniciativas nacionais

La protección del consumidor en el ámbito de la Unión Europea: los desafíos de la sostenibilidad 79 en Derecho informático y en Derecho sobre protección de datos, dato que nos sirve sobre lo dicho arriba sobre el mayor conocimiento de los consumidores online, en este caso no solo conocimientos jurídicos sino presumiblemente, también jurídicos. Dicho usuario decide demandar a Facebook Ireland por diferentes infracciones en materia de protección de datos, lo hace ante los tribu- nales austriacos aprovechando el fórum actoris que los arts. 15 y 16 del Reglamento 44/2001 ponen a disposición de los consumidores (al igual que el actual Reglamento 1215/2012). Además de alegar que Facebook ha violado sus derechos a la intimidad y a la protección de datos, el deman- dante representa a otros siete demandantes que le han cedido sus acciones para que ejerza idénticos derechos. Dichos usuarios están domiciliados en Austria, en otros Estados Miembros de la UE y en Estados no miembros. El tribunal de instancia desestima la demanda al considerar que el demandante utiliza Facebook para fines profesionales y, por tanto, no puede beneficiarse del foro de competencia para consumidores que se recoge en el Reglamento. El tribunal de apelación declara admisible la demanda, tras el recurso presentado por el demandante, respecto a la acción personal de Schrems, pero rechazó el recurso respecto a las ac- ciones cedidas por los otros usuarios. Ambas partes recurrieron ante el Tribunal Supremo que suspendió el procedimiento nacional y planteó una pregunta 15 al Tribunal de Justicia. Lo interesante de la decisión en nuestro caso es el tratamiento de lo que se considera consumidor en un caso de un usuario de un servicio gratuito que comparte actividad privada y profesional, por un lado, y, por otro, la posibilidad de que el ejercicio de los derechos de los ceden- tes al demandante pueda llevarse a cabo ante los tribunales del Estado del domicilio del primero. Considero que el caso es especialmente importante si lo aplicamos a la cuestión de protección de los derechos del consumidor en un marco de consumo sostenible. Hay muchas agencias nacionales de protección 15 Obligación de consultar al TJ prevista en el art. 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) (BOE nº 286 de 27 de noviembre de 2009) sobre las cuestiones sobre validez e interpretación de los actos adoptados por las instituciones de la UE para los tribunales nacionales cuyas decisiones no sean susceptibles de ulterior recurso judicial de derecho interno.

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