A proteção do consumidor e o consumo sustentável: a dimensão global e regional do consumo sustentável e as iniciativas nacionais

Claudia Madrid Martínez 32 agricultura, seguridad alimentaria y conservación del ambiente 46 . No obstante su reconocida escasa trascendencia, esta Decisión establece como uno de sus objetivos, “mejorar la relación entre los patrones de consumo de cada País Miembro y su respectivo potencial agropecuario” (art. 2.c), lo cual, de alguna manera, llama a una satisfacción razonable de las necesidades vinculadas a la alimentación. Posteriormente, aparece la Decisión 345 que, en 1993, estableció el Régimen Común de Protección a los Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales 47 . Esta decisión hace por primera vez expresa referencia al Convenio de Diversidad Biológica de 1992 al ordenar que, conforme a este instrumento internacional, los Estados Partes aprue- ben, “antes del 31 de diciembre de 1994, un Régimen Común sobre acceso a los recursos biogenéticos y garantía a la bioseguridad de la Subregión” (Disposición Transitoria Tercera). Este mandato se cumplió en 1996 con la aprobación de la Deci- sión 391 que establece el Régimen Común sobre Acceso a los Recur- sos Genéticos 48 . Esta Decisión -que “marca un hito a nivel mundial en el desarrollo de legislación supranacional relacionada a la biodiver- sidad” 49 - tiene por objeto regular el acceso a los recursos genéticos de los Países Miembros y sus productos derivados; prever condiciones para una participación justa y equitativa en los beneficios derivados del acceso; sentar las bases para el reconocimiento y valoración de los recursos genéticos y sus productos derivados y de sus componentes intangibles asociados, especialmente cuando se trate de comunidades indígenas, afroamericanas o locales; promover la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos bioló- gicos que contienen recursos genéticos; promover la consolidación y desarrollo de las capacidades científicas, tecnológicas y técnicas a nivel local, nacional y subregional; y, fortalecer la capacidad negociadora de los Países Miembros (art. 2). 46 Caracas, 25 de julio de 1983. 47 Bogotá, 21 de octubre de 1993. 48 Caracas, 2 de julio de 1996. 49 GUINAND, Luisa Helena. De cómo se incorporó el tema ambiental y el desarrollo sostenible …, Op. cit., p. 138.

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