A proteção do consumidor e o consumo sustentável: a dimensão global e regional do consumo sustentável e as iniciativas nacionais

El principio de sustentabilidad en el derecho del consumidor argentino:... 223 d) En materia de prácticas comerciales (art. 1096 CCC) . Las Direc- trices de Naciones Unidas de Protección al Consumidor alertan sobre la necesidad de la promoción de prácticas protectorias del medio am- biente y desalentan aquellas que sean insostenibles (art. 51, 59, 61, 71). Constituyen un supuesto de prácticas comerciales ilícitas o abusivas aquellas que vulneran el principio de sustentabilidad, reconocido en el art. 1094 CCC, es decir que atentan contra el derecho de los consumi- dores al acceso al consumo y al consumo sustentable, fundamentalmen- te respecto a los impactos ambientales de las actividades de producción, distribución, comercialización, atención posventa y disposición de resi- duos y sobre los modelos de consumo y su sustentabilidad en términos económicos, ecológicos y sociales 21 . Así, podría considerarse un supuesto de práctica comercial con- traria al acceso al consumo la que suspendiera el suministro de agua y saneamiento o la provisión de electricidad a personas electrodepen- dientes. En relación al consumo sustentable, podemos mencionar como ejemplos la posibilidad de accionar por parte de los consumidores frente a las prácticas comerciales que vulneran las normas y principios ambientales en toda la cadena de producción, distribución, comercia- lización, consumo y disposición de residuos, como también frente a publicidades, técnicas de marketing u otras prácticas comerciales que promueven conductas insustentables o vulneran normas de protección del ambiente, el patrimonio natural o cultural o la diversidad biológica. Aquí también resulta interesante su conjugación con el derecho a la información, especialmente a través de los etiquetados, para garantizar el derecho a la libertad de elección, por ejemplo, de productos genéti- camente modificados, testeados en animales, con elementos de origen animal, etc. También respecto a uso de empaques, elementos difíciles de reciclar, etc. También resulta interesante a la hora de evaluar la ilici- tud la aplicación de los principios de no regresión y de progresividad. Por ello, la regresividad o falta de progresividad en las prácticas vincu- ladas a la sustentabilidad puede resultar en una violación al derecho al 21 Para ver sobre este punto, PEREZ BUSTAMANTE, Laura. Los derechos de la sustenta- bilidad . Desarrollo, consumo y ambiente . (Colección Colihue Universidad). Buenos Aires: Colihue, 2007; SOZZO, Gonzalo. Consumo digno y verde: humanización y medioam- bientalización del Derecho del Consumidor (sobre los principios de dignidad del consu- midor y de consumo sustentable). Revista de Derecho Privado y Comunitario , Santa Fe, Argentina, Rubinzal-Culzoni, n. 3, p. 139-166, 2012.

RkJQdWJsaXNoZXIy MjEzNzYz