A proteção do consumidor e o consumo sustentável: a dimensão global e regional do consumo sustentável e as iniciativas nacionais
Sergio Sebastián Barocelli 216 “diálogo de fuentes” 2 entre la pluralidad de normas que pueden resultar aplicables a una relación de consumo. Etimológicamente el término latino principium está compuesto por la raíz derivada de pris, que significa “lo antiguo” y “lo valioso” y de la raíz cap que aparece en el verbo capere —tomar— y en el sustantivo caput —cabeza—. Tiene, entonces, un sentido histórico (“lo antiguo”), un sentido axiológico (“lo valioso”) y un sentido ontológico (“cabeza”). 3 Los principios constituyen líneas directrices que informan algunas nor- mas e inspiran directa o indirectamente una serie de soluciones por lo que pueden servir para promover y encauzar la aprobación de nuevas normas, orientar la interpretación de las existentes y resolver los casos previstos 4 . Los principios generales del derecho, siguiendo a Norberto Bobbio 5 , cumplen cuatro funciones esenciales: a) Una función creativa, también llamada directiva finalística, que establece que antes de promulgar la norma jurídica, el legislador debe conocer los principios para inspirarse en ellos y poder positivizarlos, es decir, una finalidad programática y orientadora de las políticas públicas; b) Una función interpretativa , que implica que en la tarea herme- néutica el operador debe inspirarse en los principios, para garantizar una cabal interpretación; c) Una f unción integradora , que significa que quien va a colmar un vacío legal, debe inspirarse en los principios para que el Derecho se convierta en un sistema hermético; d) Una función limitativa de la autonomía privada. Los principios, como directrices políticas que suponen una prefe- rencia axiológica y poseen una dimensión valorativa acentuada, cum- plen un rol fundamental para asegurar la autonomía de la disciplina y tienen, por tanto, carácter normativo y su imperatividad no depende de lo que establezcan las reglas de derecho positivo, sino que constitu- 2 Para ampliar sobre este punto, ver: BAROCELLI, Sergio Sebastián. Diálogo de fuentes en el Derecho del Consumidor . Perspectivas desde el Derecho Argentino. Saarbrücken, Alemania: Editorial Académica Española, 2016. 3 SÁNCHEZ DE LA TORRE, A. Los principios del Derecho como objeto de investigación jurídica. In: SÁNCHEZ DE LA TORRE, A. (coord.). Los principios generales del Dere- cho . Madrid: Actas, 1993. p. 17. 4 PLÁ RODRÍGUEZ, Américo. Los Principios del Derecho del Trabajo . Buenos Aires: De Palma, 1978. p. 9. 5 BOBBIO, Norberto. Teoría general del derecho . Bogotá: Temis, 1987. p. 865.
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