A proteção do consumidor e o consumo sustentável: a dimensão global e regional do consumo sustentável e as iniciativas nacionais
Consumo Sustentable en el MERCOSUR: la calidad y competitividad de los alimentos 103 ducción primaria: a) Alimento: el alimento deberá ser orgánico, por ello el predio de suministro del forraje deberá dar cumplimiento a las normas de producción orgánica vegetal y, en el caso de que se compren forrajes, éstos deben contar con certificación orgánica. Existe una lista de productos que podrán agregarse a los piensos, oligoelementos, vi- taminas, minerales, aditivos y auxiliares tecnológicos. Está prohibida la alimentación forzada; b) Condiciones de bienestar animal: se debe garantizar libre movilidad, acceso a agua y alimentos de buena calidad, aire y luz diurna, no permitiéndose prolongar el foto período natural con fines productivistas. Debe existir protección contra la radiación so- lar, vientos y temperaturas extremas. No está permitido criar animales en jaulas, atados, en cepos, maniatados, permanentemente confinados, etc. Está prohibida la crianza y engorde intensivos solo en corrales tipo feed lots ; c) Instalaciones: deben ser adecuadas para el tipo de produc- ción y a la cantidad de animales alojados. El diseño debe permitir un buen programa de higiene, limpieza y desinfección de las instalaciones con los productos permitidos; d) Manejo: debe ser adecuado a la pro- ducción, evitando el estrés y sufrimiento de los animales y con el objeto de prevenir enfermedades, lesiones o mejorar la calidad de los produc- tos. Por ello está permitido el descole, el despique y el descorne, en las condiciones reglamentadas; e) Manejo sanitario: los animales enfermos se tratarán haciendo uso de la lista de los productos permitidos. Los antiparasitarios y los antibióticos también serán indicados por un pro- fesional y no podrán realizarse más de dos tratamientos por año. Si se requiere recurrir a otros tratamientos no considerados por la reglamen- tación orgánica para tratar dolencias mayores, los animales se excluirán del circuito orgánico, y se pondrán en cuarentena; f ) Origen de los ani- males: los animales deben ser orgánicos y permanecer en el sistema or- gánico toda su vida. Se elegirán razas autóctonas y/o estirpes adaptadas localmente. No está permitida la crianza de animales convencionales de la misma especie en la misma unidad de producción en forma simultá- nea (producción paralela); g) Destete: las crías de animales mamíferos deberán asegurar un período de lactancia natural, no anticipando inde- bidamente su condición de herbívoro; h) Identificación: los animales mayores serán identificados en forma individual y los menores (aves de corral) por lote, para llevar registros de los mismos; i) Reproducción: se recomienda la monta natural. Está permitida la inseminación artificial.
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